Constitución del 7 de noviembre de 1949: 75 sabios años
Redacción La República [email protected] | Jueves 07 noviembre, 2024
Walter Niehaus
Dr. en Derecho Económico Internacional
Duke University
Un 7 de noviembre, pero de 1949, hace casi 75 años, vio la luz la Constitución Política que aún hoy sigue siendo esa ley fundamental que estableció las reglas de la separación de poderes en Costa Rica. Desde entonces, los costarricenses hemos vivido en un marco de normas que nos garantiza ciertos derechos propios de ciudadanos de un país democrático y constitucional.
Sin embargo, no llegamos a esto por arte de magia; todo lo contrario, hubo un gran esfuerzo de muchos sectores de nuestra sociedad para construir el texto que nos rige hasta la fecha. Finalizada la guerra civil de 1948, tomó el poder la Junta de Gobierno presidida por José Figueres Ferrer, en la que se rompió el orden constitucional, derogándose la Constitución de 1871 que nos regía.
La Junta nombró en mayo de 1948 una comisión para que redactara el proyecto de constitución, el cual fue entregado el 8 de noviembre del mismo año. La Junta convocó a elecciones para conformar una Asamblea Constituyente el 3 de septiembre, en una elección que se llevó a cabo el 8 de diciembre de 1948, y finalmente, la Asamblea se inauguró el 15 de enero de 1949, instalándose un día después.
La Asamblea Constituyente recibió de la Junta el proyecto elaborado por la comisión; sin embargo, tras muchas deliberaciones, la Asamblea acordó tener como base de sus discusiones la Constitución de 1871 en vez del proyecto elaborado por la comisión redactora.
La Constitución Política de Costa Rica se aprobó el 7 de noviembre de 1949 y entró en vigor un día después. Dentro de esta Constitución, de 197 artículos repartidos en 18 títulos, es posible divisar al menos cuatro innovaciones clave. La primera es la consolidación de la democracia política y electoral, con sufragio universal y la creación del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), además del establecimiento del voto femenino. En segundo lugar, destaca la creación de la Contraloría General de la República como ente fiscalizador del uso de los fondos públicos, con el objetivo de mejorar la gestión de la Hacienda Pública y contribuir al control político y ciudadano. Luego, la muy celebrada abolición del ejército como institución permanente, y finalmente, el debilitamiento del Poder Ejecutivo.
Respecto a este último elemento, se manifestó también en la descentralización administrativa (tanto funcional como territorial), la creación del servicio civil y una relación renovada entre el poder ejecutivo y el legislativo.
El resultado final de todos estos aspectos, y más, es que nuestra Constitución no está inclinada hacia una forma de pensar en particular. Al mismo tiempo que otorga poderes de intervención al Estado en los campos económico y social, respeta los derechos económicos de los particulares (propiedad privada, libertad empresarial, libertad de trabajo) dentro de un marco fundamentalmente liberal.
Nuestra Constitución actual nunca, en toda su vigencia, ha sido suspendida temporalmente ni siquiera en un solo inciso, incluso habiendo atravesado episodios difíciles, como durante la situación de emergencia bélica de 1955. Esto contrasta con lo sucedido con otras constituciones latinoamericanas.
Además, en la Constitución de 1949 se garantizó por primera vez la existencia de una verdadera jurisdicción contencioso-administrativa con el objetivo de proteger integralmente a las personas en el ejercicio de sus derechos administrativos.
Nuestra Constitución vigente no satisfizo a ninguno de los partidos representados en la Constituyente, lo cual permitió que todos, a la postre, la consideraran aceptable como fruto de un compromiso y no como imposición de un grupo sobre otro. Por ello, estos 75 años deben celebrarse por todo lo alto, ya que esta Carta Magna que nos rige es el resultado del compromiso y el diálogo que imperaron entre las tendencias políticas y sociales del país, y no un contrato que impusiera las demandas de un grupo específico.