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Empresas que incumplan contratos con el Estado serían inhabilitadas por un máximo de dos años

Reforma a ley de contratación pública establece nuevas sanciones y mayor agilidad en procesos

Brenda Camarillo [email protected] | Jueves 11 febrero, 2021


hombre de traje sellando un contrato
Empresas deberían hacer un análisis interno de sus capacidades logísticas ante la posible aprobación de la Ley de Contratación Pública, de acuerdo con Juan José Cheng, especialista en Derecho Público de Nassar Abogados. Shutterstock/La República


Para evitar que contratistas sean sancionados por entregas tardías, las empresas deberían confirmar que pueden cumplir a tiempo con las fechas de entrega, de aprobarse la ley de contratación pública, de acuerdo con Juan José Cheng, especialista en Derecho Público de Nassar Abogados.

Actualmente, los incumplimientos en la entrega de bienes o servicios al Estado, han sido sancionados solamente con “apercibimientos”.

Lea más: Hacienda: “Sistema de compras públicas es más que una plataforma”

Sin embargo, de avanzar el proyecto, las entregas tardías serían amonestadas con la inhabilitación simple para participar en los concursos que promueva la propia entidad que impone la sanción, por un lapso que va desde los seis meses y hasta los dos años; asi como una inhabilitación calificada de dos a diez años para participar en los concursos con toda la Administración Pública.

La iniciativa se encuentra en la Asamblea Legislativa y es considerada por el gobierno de Carlos Alvarado y por los diputados, como una reforma vital para hacer más eficiente al Estado.

Promover más licitaciones y simplificar los trámites para concursar, es lo que se busca con esta propuesta, la cual argumenta que, por la complejidad de los procesos ordinarios de contratación, existe una tendencia a utilizar los procedimientos excepcionales, es decir, las contrataciones directas.

Cambios en el procedimiento de contratación administrativa es otra modificación que señala el experto, puesto que, esta iniciativa plantea multas económicas en caso de que los interesados en participar presenten objeciones en la gestión de apelación y revocatoria “si se determina que tales impugnaciones implican haber actuado con temeridad, mala fe o abuso de derechos procedimentales”.

“Si bien el espíritu del proyecto es disminuir los atrasos en los procedimientos, igualmente esto conllevaría a una grave limitación del derecho a recurrir decisiones administrativas que son desfavorables”, dijo el especialista.

Ante la falta de especificación sobre los parámetros para evaluar si un recurso es temerario, de mala fe o con abuso de los procedimientos, Cheng considera que esto aumentaría la posibilidad de que se apliquen arbitrariamente este tipo de multas.

Por lo tanto, conocer el nuevo modelo de contratación que se propone y capacitar al personal del área de compras públicas, es lo que recomienda el abogado a las empresas.

Esta iniciativa ya fue dictaminada en comisión y actualmente se encuentra en el orden del día del Plenario Legislativo para el trámite de primer debate.

Lea más: Contrataciones administrativas irregulares: Otro de los desperdicios en el sector público.

A nivel país se podría tener un ahorro importante de recursos si se simplificara el procedimiento de contratación, y si la Administración Pública en general adoptara de forma integral la tramitación de compras públicas.

Un ahorro potencial de hasta un 1,55% del PIB, lo que representa ¢514.000 millones, fue el cálculo que resultó de un estudio sobre el impacto en el uso del sistema electrónico de compras públicas, hecho por la Contraloría General de la República.

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Perfil

Nombre Nassar Abogados

Socia Lupita Quintero

Fundación 1982

Operaciones Centroamérica

Sitio Web nassarabogados.com


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