Decreto con medidas anti Covid-19 brinda obligaciones en centros de trabajo
Empresas y colaboradores que incumplan protocolos al retorno a las oficinas serán sancionados
Compañías se exponen a la clausura y personal al despido sin responsabilidad patronal, como medidas más drásticas
Karla Barquero [email protected] | Lunes 04 enero, 2021
Con el inicio de la vacunación contra la Covid-19, algunas empresas están considerando el retorno de sus colaboradores a las oficinas.
Con esto, se ven obligadas a cumplir las disposiciones legales, reglamentarias y las indicadas en los protocolos y medidas sanitarias establecidas por el Ministerio de Salud, el Poder Ejecutivo y demás autoridades públicas.
En general, se solicita a los administradores de negocios contar con un Plan de Gestión de Riesgo y Salud Ocupacional acorde con las características y riesgos propios de cada centro de trabajo, negocio o actividad.
Plantea además aplicar el protocolo sectorial correspondiente, a manera de incluir acciones que permitan prevenir el contagio de la Covid-19.
Se recomienda, igualmente, mantener las labores en teletrabajo, si el giro de negocio de la empresa y los puestos de trabajo, lo permiten.
“El plan o medidas internas de cada centro de trabajo deben comunicarse al personal previo al retorno de los colaboradores a las oficinas y deberá capacitarse al personal sobre las medidas a implementarse y actualizarlos mediante nuevas capacitaciones cuando sea necesario. Recomendamos llevar un registro sobre estas capacitaciones”, aconsejó Lupita Quintero, especialista en Derecho Laboral de Nassar Abogados.
En caso de que la empresa sea evidenciada por incumplir las medidas, en las inspecciones realizadas por el Ministerio de Salud y demás autoridades competentes, podría ser sancionada con la suspensión o cancelación de permisos de funcionamiento o la clausura del establecimiento.
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Y la responsabilidad no solo recae en el patrono. El decreto 42.317 establece que los colaboradores tienen la obligación de someterse a los lineamientos de los centros de trabajo.
A su vez, establece que el colaborador que incumpla las medidas señaladas por el patrono se expone a sanciones disciplinarias que van desde la amonestación hasta el despido sin responsabilidad patronal, afirmó Quintero.
En el decreto se especifica que los trabajadores deben colaborar y participar en los programas que procuren su capacitación, en materia de prevención y abordaje de la Covid-19.
Además, mantener una constante y estricta vigilancia de su salud, para detectar síntomas de contagio y reportar cualquier situación de riesgo de contagio que identifique en el centro de trabajo.
Establece también que los colaboradores deben utilizar, conservar y cuidar los equipos y elementos de protección personal que se le suministren y manejar adecuadamente los desechos bioinfecciosos.
Protocolos
Es importante que las empresas sigan la siguiente guía de protocolos:
- Identificar un coordinador y/o grupo de trabajo que defina roles y responsabilidades de cada persona durante el proceso de preparación y respuesta para la atención de esta alerta por Covid-19
- Definir las medidas de mitigación, contención y prevención aplicables a cada centro de trabajo
- Mantener un aforo del 50% y un distanciamiento de 1,8 metros entre puestos de trabajo
- Rotular y señalar, según infografía publicada por el Ministerio
- Capacitar al personal en materia de prevención y abordaje de la enfermedad Covid-19
- Usar y mantener equipo de protección personal
- Contar con un protocolo y bitácora de limpieza
- Tener un efectivo manejo de los residuos
- Tener a mano un protocolo de manejo de casos de sospechosos y confirmados