Municipalidades podrán aplicar multas por mala gestión de residuos
Jeffry Garza [email protected] | Viernes 06 noviembre, 2020 09:05 a. m.
A partir de noviembre del 2021, las municipalidades podrán aplicar sanciones y multas por incumplimiento a las obligaciones sobre gestión de residuos.
Este martes se publicó en La Gaceta la legislación que reforma algunos artículos de la Ley para la Gestión Integral de Residuos, y que busca fortalecer el rol de las municipalidades en esta materia y clarificar las sanciones previstas.
En el periodo de un año, las municipalidades podrán aplicar y sancionar las infracciones graves y leves establecidas en la Ley.
Se modifican las sanciones graves pasando de una multa entre 20 a 100 salarios base, a ocho veces la tarifa más alta del servicio de manejo de residuos que cobre cada municipalidad.
Las faltas van, desde quemar o enterrar residuos, hasta abandonarlos en la calle o en propiedades no autorizadas para ese fin, en zonas de protección de ríos, sistemas de alcantarillado o en fuentes de agua, explicó Paola Quesada, directora de la consultora Nairi.
También es una sanción grave recolectar ilícitamente residuos.
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A modo general, incumplir con las disposiciones municipales sobre recolección y disposición de residuos ordinarios, que no constituyan acciones más graves, será una infracción leve que podrá ser sancionada hasta con cinco veces la tarifa cobrada por la Municipalidad.
Por otra parte, las infracciones gravísimas establecidas en la ley se mantendrán como una competencia exclusiva del Tribunal Ambiental Administrativo del Ministerio de Ambiente y Energía.
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La reforma también incluye normas procedimentales para la aplicación de las sanciones por parte de la Municipalidad, entre las que destaca la posibilidad de que, en caso de que corresponda, y cuando solo se cuente con el número de placa de un vehículo del infractor, se podrá cargar la multa al marchamo por medio de un convenio que las municipalidades deberán establecer con el INS.