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Personas jurídicas y fidecomisos podrán presentar declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales hasta 30 de abril

Adison González [email protected] | Miércoles 06 abril, 2022 10:15 a. m.


Declaración
Foto con fines ilustrativos. Shutterstock/La República.


Del 01 al 30 de abril las personas jurídicas y los fideicomisos podrán presentar, sin sanciones, la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF).

Según la normativa vigente, quien incumpla dentro del plazo con la presentación de esta declaración deberá pagar una multa proporcional del 2% sobre los ingresos brutos del impuesto a las utilidades.

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Esta declaración debe realizarla quien tenga representación extrajudicial de la persona jurídica, o bien mediante una única persona autorizada que cuente con un poder debidamente registrado por un notario público en la plataforma web Central Directo www.centraldirecto.fi.cr/Sitio/CentralDirecto/

El sistema del RTBF le permitirá precargar la última declaración presentada, con lo cual las personas solo deberán actualizar los datos que hayan cambiado.

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En el caso de las autorizaciones registradas en el RTBF, que no hayan sido utilizadas, se mantendrán activas y podrán utilizarse atendiendo lo dispuesto en el artículo citado, y de conformidad con los siguientes casos:

-Cuando no se haya enviado la declaración ordinaria de un periodo anterior

-Cuando se requiera la autorización para enviar la declaración ordinaria del período 2022

-Cuando se requiera realizar una declaración extraordinaria o correctiva del período 2022

El Registro Nacional no emitirá certificaciones de personería jurídica o inscribirá documentos a quien no se encuentre al día con esta declaración.


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