Acabar con monopolio de Recope, definir sobre la explotación de gas y oro y cerrar o fusionar instituciones es posible
¿Qué temas podría incluir Rodrigo Chaves en un referendo y cuáles no?
De llegar a la presidencia, candidato de Progreso Social Democrático intentaría la convocatoria de una consulta popular multitemática
Esteban Arrieta [email protected] | Lunes 21 febrero, 2022
¿Está de acuerdo con romper el monopolio de Recope para que la empresa privada pueda vender gasolina?, ¿debe Costa Rica explorar y explotar el oro y el gas natural? y ¿está usted a favor de fusionar varias instituciones del sector vivienda?, son algunas de las preguntas y temas válidos que se podrían incluir en un referendo nacional.
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La posibilidad de que los costarricenses vayan a las urnas para participar en una consulta popular de este tipo, está sobre la mesa de discusión en este momento, ya que Rodrigo Chaves, candidato de Progreso Social Democrático, ha señalado que de llegar a la Presidencia a partir de mayo, impulsaría un referéndum.
El político y José María Figueres del PLN disputarán la presidencia de la República este domingo 3 de abril en segunda ronda.
De momento, Chaves y Pilar Cisneros, diputada electa de Progreso Social, han sido esquivos sobre los temas que incluirían en la consulta popular.
Sin embargo, sí han reconocido su interés de convocar la consulta, a la vez, que estarían promoviendo un cambio legal para hacer más accesible la convocatoria, al reducir del 5% al 1% la cantidad de firmas necesarias para impulsar el proceso.
Otro camino, es que Chaves como Presidente haga la solicitud y cuente el respaldo de 29 legisladores para que avance la consulta popular.
Semanas atrás, Cisneros se reunió con Otto Guevara, exdiputado y líder de Unión Liberal, quien escribió en su cuenta de Twitter que sí es posible un referendo para definir sobre la minería, el cierre de instituciones y la venta de monopolios. La opinión de Guevara surgió varias horas después del encuentro con Cisneros.
En ese sentido, el candidato de Progreso Social ha manifestado su interés en revisar las pensiones de lujo a través de esta vía.
“Queremos a consideración del pueblo si está de acuerdo con que magistrados puedan decidir su salario y pensión, si se gana y luego se somete a revisión la legalidad de pensiones, ya no podrían decidir sobre ese tema y serían beneficiados o perjudicados, ese va a ser el primer paso: quitarle la potestad a la Corte para decidir sobre pensiones y salarios”, explicó Cisneros la semana pasada en conferencia de prensa.
Sin embargo, someter el tema de las pensiones a una consulta popular podría considerarse ilegal.
La Constitución Política establece claramente que es prohibido legislar por referéndum materia presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos o actos de naturaleza administrativa.
“Pretender gobernar por referéndum es ilusorio, inviable y jurídicamente imposible. Solo se explica por a) un deseo de gobernar de forma anti-democrática, b) peligrosa ignorancia, c) el objetivo expreso de engañar a la gente, d) una mezcla de a) con b) o a) con c”, dijo Carlos Ricardo Benavides, expresidente del Congreso y diputado del PLN.
Temas prohibidos y consultas permitidas
La Constitución Política es muy clara en los temas en que no es factible convocar a un referendo.
La temática fuera de la prohibición sí podría ser sujeto de una consulta popular.
Temas Prohibidos | Consultas que sí se podrían hacer |
---|---|
Materia presupuestaria | Apertura de los monopolios de Recope, FANAL e ICE |
Consultas de temas tributarios | Exploración y explotación de gas natural |
Debates fiscales | Minería de oro |
Políticas monetarias y crediticias | Pesca de arrastre |
Asuntos de pensiones | Nueva ley de empleo público |
Temas de seguridad | Cierre de Conarroz, CNP y otros entes públicos |
Aprobación de préstamos | Fusión de instituciones como podrían ser el Invu, Banhvi y Ministerio de Vivienda en una sola entidad pública |
Contratos o actos de naturaleza administrativa | |
Materia de derechos humanos |
Reglas del referéndum
A través de la Constitución Política se fijan las reglas en torno a los referéndum.
Estos son los principales temas a tomar en consideración:
¿Cómo se convoca?
Con la firma del 5% del padrón electoral o el voto positivo de 38 diputados.
La última posibilidad es que el presidente solicite al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) hacer la
consulta. En este caso, tendrá que conseguir el apoyo de 29 legisladores en el Congreso para que arranque el
proceso.
¿Se puede hacer en cualquier momento?
No, se prohíben las consultas seis meses antes y seis meses después de las elecciones presidenciales para no
interferir con ese proceso.
¿Cuántos referendos se pueden hacer?
Como máximo uno al año; sin embargo, en una sola consulta popular se pueden hacer varias preguntas; es
decir, el referendo puede ser multitemático.
¿Cuál es el procedimiento para convocar el referendo?
Una vez que se hace la convocatoria por cualquiera de las opciones existentes, el TSE hace un análisis
jurídico para determinar si existe incompatibilidad de la consulta con los temas vedados.
Asimismo, el órgano electoral puede solicitar a la Sala IV un criterio jurídico sobre la constitucionalidad
del proceso.
¿Qué es lo que aprueban los ciudadanos?
El referendo es una votación sí o no sobre un proyecto de ley en específico, el cual, regula todos los
pormenores de la materia consultada.
Después del referendo, ¿ tiene que aprobarse el proyecto de ley
en la Asamblea Legislativa ?
No. En este caso, los ciudadanos votan y aprueban o rechazan uno o varios proyectos de ley consultados, por
lo que en la práctica los costarricenses se convierten en diputados
¿Cuál sería el costo de la consulta popular?
Se estima en unos ¢3 mil millones.
¿Se puede hacer un referendo el mismo día las elecciones
municipales para ahorrar dinero?
Sí.
Diferencia de criterios
La posibilidad de un referendo multitemático divide a varios actores.
Carlos Ricardo Benavides
Expresidente
Asamblea Legislativa
Pretender gobernar por referéndum es ilusorio, inviable y jurídicamente imposible. Solo se explica por a) un deseo de gobernar de forma anti-democrática, b) peligrosa ignorancia, c) el objetivo expreso de engañar a la gente d) una mezcla de a) con b) o a) con c.
Otto Guevara
Exdiputado
Costa Rica
¿Referéndum para decidir sobre ciertos temas? Sí se puede utilizar para someter a
votación popular la apertura de los monopolios de Recope, FANAL y el ICE.
Sí se puede utilizar para la explotación del gas natural y del oro, así como para decidir cómo usar esos
recursos.
Sí se puede utilizar para la nueva ley de empleo público fortaleciendo y ampliando las competencias del
Servicio Civil.
Sí se puede utilizar para el cierre de Conarroz y otros entes públicos. También para titular la zona
restringida de la zona marítima terrestre.
Sí se puede utilizar para para eliminar la cotización obligatoria de trabajadores independientes a la CCSS.
Sí se puede utilizar para eliminar un grupo grande de regulaciones que asfixian a quien emprende.
Además, también puede hacerse un referéndum multitemático.
Luis Ortiz
Profesor
Escuela Libre de Derecho
Convocar a un referendo no es sencillo por las condiciones que se deben cumplir.
Esto, porque se requiere del 5% de las firmas del padrón electoral para iniciar el proceso. Otra vía sería
conseguir el respaldo de 38 diputados, o bien, que el presidente convoque y después se logre el apoyo de 29
diputados para impulsar la consulta.
Posteriormente, se somete al Tribunal Supremo de Elecciones para que valore la legalidad de la consulta.
El referendo se hace sobre un proyecto de ley que ya existe, por lo que es ese texto el que se somete a
validación o rechazo por parte de los ciudadanos con un sí o no.
Fabián Volio
Profesor universitario
Universidad La Salle
La Constitución Política señala que para un referendo está vedada la materia
presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de
empréstitos y contratos o actos de naturaleza administrativa.
Entonces, si hablamos de una consulta para derogar, vender o dar en concesión una institución pública, no
existe barrera alguna.
Con un referendo, el pueblo vota a favor o en contra de un determinado tema con “Sí” o “No” y el proyecto de
ley pasa de manera directa a La Gaceta para su aprobación.
El resultado del referendo es obligatorio.