Vehículos que circulen sin “bumper” o con un plástico en lugar de parabrisas se exponen a una multa
Johnny Castro [email protected] | Martes 06 julio, 2021 11:12 a. m.
No es extraño observar en carretera un vehículo en buen estado, pero sin el "bumper” delantero o trasero, porque lo están reparando o pintando; sin embargo, esa práctica es ilegal pues contraviene el artículo 32 de la Ley de Tránsito.
De igual manera, es ilegal conducir sin alguno de los parabrisas, delantero o trasero, sea que no se porta nada o se coloca un plástico en su lugar.
“Comprendemos claramente que algunas personas están esperando que la agencia les traiga el parabrisas, y quieren circular mientras eso ocurre, pero se contraviene el artículo 32 y otras normas, como portar en el parabrisas los adhesivos de marchamo, de la inspección técnica y de la placa”, indicó German Marín, director de la Policía de Tránsito.
Adicionalmente para circular a derecho, se debe portar una bocina en buen estado, un velocímetro que, como su nombre lo indica, debe estar expresado en kilómetros.
Si el automotor trae otra unidad de medida, como millas, pero a la vez trae la de kilómetros, no hay problema.
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Otro tema que muchos no conocen es que el volante puede estar a la izquierda o al centro. Es decir, no solo a la izquierda; puede estar al centro en tanto así venga de fábrica, no que sea producto de una conversión. A la derecha es totalmente prohibido desde 2012.