Como un porfiado, él no cae
Alvaro Madrigal [email protected] | Jueves 15 marzo, 2012
De cal y de arena
Como un porfiado, él no cae
Dimitió el Secretario de Transportes de Argentina. Su renuncia fue lógica, directa y decorosa resultante del grave accidente ferroviario habido en una de las terminales de Buenos Aires y en el que resultaron varias decenas de muertes. Cayó por efecto de un claro entendimiento de lo que son la responsabilidad política y la responsabilidad administrativa del funcionario público, pero también por dignidad.
Ni conducía el convoy, ni administraba la terminal, ni se desempeñaba como director de tráfico. Simplemente entendió las dimensiones de la responsabilidad imputable al jerarca que en Argentina, como en Costa Rica, se miden por el modo en que se ejerce el poder y la puntual atención de la ley.
En el fondo la doctrina no difiere; es la misma allá y aquí. La gran diferencia es la circunspección con que se conduce el funcionario. En Argentina el Secretario de Transportes entendió lo que la ley y la doctrina disponen. Nuestro Ministro de Transportes no. Se aferra al “güeso” como si fuese su única opción de vida a pesar de las numerosas metidas de pata en los delicados ámbitos en que se desempeñan él y sus colaboradores.
No es preciso que él se dedique a inspeccionar el estado de la red vial (puentes y platinas incluidos, concesiones carreteras también) ni a la custodia del arsenal de la Policía de Tránsito. Su responsabilidad política radica en hacer lo que la ley impone a su Despacho como especialidad orgánica y su responsabilidad administrativa está en la supervisión del correcto desempeño de sus colaboradores cercanos que actúan por delegación.
La Ley General de la Administración Pública responsabiliza al Ministro por lo que hagan o dejen de hacer los agentes de su Despacho e instituye la responsabilidad civil y disciplinaria de él como jerarca. Posibilita su punición si hay culpa grave en él, esto es, la conducta que no prevé o evita lo que cualquier persona mínimamente cuidadosa hubiera previsto o evitado.
Ello tiene como efecto el deber de vigilar la gestión de sus colaboradores, pues de los errores y omisiones pueden resultar faltas sancionables, inclusive por culpa grave resultante de negligencia, imprudencia o impericia.
Este es el contexto jurídico que envuelve el desempeño del jerarca, del que debe dar cuenta ante los órganos de control. El otro contexto es el político; allí el Ministro debe responder ante la Presidente de la República, bien sea que ella lo llame a cuentas o que él, con una dosis de delicadeza, elegancia o decoro, proceda a dimitir.
Empero, por los hechos que vemos puede ser que en Zapote no haya firmeza ni verticalidad en la exigencia de una gestión ejemplarizante y que el Ministro no quiera entender que en la pirámide de la organización del Ministerio y de la fijación de responsabilidades, él debe responder política y administrativamente del robo del arsenal de la Policía de Tránsito.
Alvaro Madrigal
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