Mayor deterioro del déficit fiscal
Natalia Díaz [email protected] | Jueves 12 abril, 2018
Mayor deterioro del déficit fiscal
Hace varias semanas advertimos de un gran problema financiero que se avecina con la eventual aprobación del proyecto 20525, Ley de protección y defensa de las personas trabajadoras del Banco Crédito Agrícola de Cartago.
Estamos conscientes de la difícil situación por la que están atravesando los trabajadores de Bancrédito; creemos que ellos tienen derecho a recibir los beneficios que cualquier otro trabajador obtiene al ser despedido. Sin embargo, el planteamiento del proyecto, incluida una bonificación para esas personas, nos parece altamente irresponsable y desproporcionado, tanto para la situación de igualdad de esos trabajadores con respecto al resto del país, como para las finanzas públicas.
Al día de hoy contamos con algunos criterios formales de las autoridades financieras encargadas de analizar el tema. Con el ánimo de que se comprenda mejor la gravedad de la aprobación de este proyecto, y para respaldar con criterio autorizado mi posición, transcribo algunos extractos de las autoridades consultadas.
El interventor del Banco, señor Marco Hernández Ávila en la nota I612NT-BCAC-612 – 2018 del 22 de marzo de 2018, señaló entre otras cosas que “Adicionalmente, la bonificación resulta inconveniente para el patrimonio de Bancrédito pues si se toma como punto de referencia la fecha establecida en el proyecto de ley como punto de partida de los efectos de la bonificación (1 de enero del 2017), el total de personas que potencialmente recibirían la bonificación es de 769, esto entre exfuncionarios y funcionarios actuales. La magnitud potencial de lo que implicaría esa bonificación es de alrededor de 3000 000 000 (tres mil millones de colones), lo cual representaría un gasto adicional para el Banco, que incrementaría sus pérdidas con un impacto del 8% de su patrimonio actual y representando un 11% de las pérdidas reportadas por la Entidad el año pasado (27551 millones de colones). Además, el banco no posee liquidez para hacerle frente a sus obligaciones vencidas. Una carga adicional como esa solo profundiza ese estado. Bancrédito ha contemplado hacer las reservas del caso para cumplir con sus obligaciones como patrono, pero la bonificación propuesta no ha estado considerada dentro de ellas, razón por la cual, de aprobarse esta bonificación en estos términos, implicaría una carga que elevaría sensiblemente el pasivo laboral, y para lo cual, no se tendría la liquidez suficiente para su pago oportuno.
Conviene señalar además, que los empleados de Bancrédito han recibido y reciben sin necesidad del proyecto de ley citado, sino con fundamento en su convención colectiva y en el artículo 37 del Estatuto del Servicio Civil una indemnización más que generosa, todo conforme a los acuerdos a los que llegaron con las autoridades de esa entidad financiera mientras esta se encontraba en normal operación, en tanto por concepto de indemnización, en caso de ser despedidos con responsabilidad laboral, perciben un mes de salario por cada año laborado, sin que haya límite en cuanto a la cantidad de años, y en caso de que haya una renuncia se cancela un mes de salario por cada año laborado con un tope de veinte años. Ese régimen de indemnización laboral resulta altamente benévolo para los empleados, y por su configuración, implica un altísimo costo financiero para la entidad. Sin embargo, el Banco tiene reservado los recursos suficientes para hacerle frente a esos derechos laborales conforme vaya prescindiendo del personal o este se retire. Adicionalmente, el reconocimiento de este pago se sale de toda la realidad financiera de la entidad, y deteriora su maltrecha situación financiera. Se debe recordar que Bancrédito es un banco del Estado, por consiguiente, lo que al final se afectan son fondos públicos con ese pago”.
Aquí es importante señalar que como se lee en esta transcripción, se indica que los trabajadores ya cuentan con protección para la situación de despido en la que se encuentran, como le sucedería a cualquier otro trabajador tanto del sector público como privado, con la diferencia importante de que ellos tienen una convención colectiva que les da una mayor protección a la lamentable situación de despido.
Por otra parte, el Banco Central indicó en su nota del 4 de abril de 2018 JD-5821/06, que: “El proyecto de ley presenta una serie de irregularidades jurídicas en los artículos 1, 5 y Transitorio Único que podrían derivar en inconstitucionalidades al violentar los artículos 33, 191 y 192 de la Constitución Política, los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad y la jurisprudencia constitucional de la Sala Constitucional, relativa al derecho de todo ciudadano de la libre concurrencia, oportunidad de participación y acceso a los puestos públicos del país. Asimismo plantea que: “este proyecto constituye un riesgo para la estabilidad macroeconómica del país, comprometiendo el cumplimiento de los objetivos prioritarios asignados al Banco Central en el artículo 2 de su Ley Orgánica, de mantener la estabilidad interna y externa del colón y asegurar su conversión a otras monedas”.
Por otra parte, la Superintendencia General de Entidades Financieras en su respuesta y su referencia a los acuerdos del CONASSIF, así como de la parte interventora del banco, hizo referencia a la recomendación de fusionar Bancrédito, dada su inestabilidad financiera: “La propuesta de fusión con otro banco comercial estatal, precisamente persigue el objetivo esencial de rescatar ese patrimonio, potenciar la recuperación de sus activos y de esa manera, poder pagar las obligaciones vencidas, de las cuales, la más relevante es con el Ministerio de Hacienda, por lo que con ello también se estaría evitando que el Estado asuma una pérdida. Concomitantemente, se logra la resolución de Bancrédito y se capitaliza al banco comercial estatal que absorbe”.
Como pueden observar, la tardanza en la aprobación del proyecto sobre Bancrédito no es producto de la ausencia de sensibilidad ante la situación de despido de estas personas, sino un acto de responsabilidad ante el peligro que corren los recursos públicos que ya de por sí se encuentran en una crisis importante.
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