Bienestar del menor privó en fallo judicial
Por primera vez en la historia un juzgado de familia validó adopción para una pareja del mismo sexo
Histórica resolución llega dos años después del matrimonio igualitario
Esteban Arrieta [email protected] | Jueves 21 julio, 2022
Las parejas del mismo sexo podrán adoptar de ahora en adelante sin ningún tipo de prejuicio, ya que un juzgado de familia y el PANI – que se encarga de la atención de los menores en abandono – apoyaron la adopción de un adolescente de 16 años por un matrimonio igualitario.
La histórica sentencia del pasado 15 de junio, valida por primera vez la adopción de un menor de edad por parte de una familia homoparental.
Esto, al considerar que el bienestar del joven es lo más importante y no la preferencia sexual de la pareja.
“En el hogar de don … y don …, (el menor) ha encontrado la familia que siempre había soñado y que le fue negada desde que era un niño de tan solo cuatro años, momento en el que fue institucionalizado, hasta que la vida lo llevara a conocer a los padres que ya lo esperaban”, destacó la resolución de la jueza Nelda Jiménez.
La sentencia clarificó que no existe diferencias entre la adopción conformada por una pareja homosexual, a la de una pareja heterosexual, pues los requisitos legales y formales son exactamente los mismos.
La decisión fue celebradas por activistas de los derechos humanos y abogados especializados, quienes destacaron la importancia del fallo por dos razones.
La primera de ellas, es la eliminación de una barrera más para la comunidad sexualmente diversa y la segunda, la defensa del bienestar del menor como principal elemento de la resolución del juzgado.
“Antes, las personas gais, lesbianas, trans podían adoptar, pero no una pareja del mismo sexo, sino de manera separada. Con este fallo, queda en firme la adopción para las parejas del mismo sexo”, dijo Larissa Arroyo, abogada y experta en materia de derechos humanos y de género.
La decisión del juzgado de familia viene a eliminar una práctica discriminatoria por años, ya que después del matrimonio igualitario, quedaban lagunas legales que deben resolverse desde el punto de vista administrativo o con un fallo judicial.
Barrera derriba
La adopción de un menor de edad por parte de una pareja del mismo sexo, era algo que no había sido sujeto de un fallo judicial hasta ahora.
La resolución del juzgado de familia, determinó que lo más importante es el bienestar del niño y no entró a juzgar si era una pareja heterosexual o del mismo sexo.
Larissa Arroyo
Abogada
Especialista en derechos humanos y género
La importancia de esta resolución del juzgado y del PANI, es velar por el bienestar de la persona menor de edad.
Este fallo, no tiene que ver primariamente con los derechos de los papás, sino que tiene tiene que ver con el reconocimiento para esa persona menor de edad de tener una familia.
Antes, las personas gais, lesbianas, trans podían adoptar, pero no una pareja del mismo sexo, sino de manera separada.
Con este fallo, queda en firme la adopción para las parejas del mismo sexo.
Marco Castillo
Abogado
Activista derechos humanos
Es un caso que genera jurisprudencia, al dejar claro que no puede haber diferencia entre un matrimonio igualitario y personas del mismo sexo.
Recordemos que con el matrimonio igualitario quedaron muchos cabos sueltos que se van a ir resolviendo de esta manera, ya que el anterior Congreso no eliminó las leyes discriminatorias.
Es una cosa muy bella para el muchacho, tener un hogar y poder pensar en estudiar y tener una vida mejor.
Margarita Salas
Excomisionada LGBTIQ+
Costa Rica
Que se permita la adopción por parte de una pareja de hombres gais de un niño o niña nos parece fantástico, porque nos recuerda que no existe ningún impedimento para que parejas del mismo sexo puedan adoptar.
Sin embargo, en muchas ocasiones hay prejuicios por parte de operadores de la justicia, pero en este caso, queda claro que lo primordial es que se protege el bienestar del menor de edad para tener una familia que le dé seguridad, amor y cariño y eso no depende si es una pareja heterosexual o no.
Enrique Sánchez
Exdiputado
PAC
Se trata del primer fallo de un juzgado de familia que valida una adopción por una pareja del mismo sexo.
Recodemos que al validarse la figura del matrimonio igualitario por un fallo de la Sala IV, se adquieren todos los derechos ciudadanos.
Acá se rompe una barrera más y al mismo tiempo, se garantiza el bien del menor como principal elemento de juicio, sin determinar si es una pareja heterosexual o no.