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¿Qué pueden hacer las empresas si un colaborador no quiere vacunarse contra Covid-19?

Karla Barquero [email protected] | Miércoles 26 mayo, 2021 02:28 p. m.


Dibujo de trabajadores
Elaboración propia/La República


El país enfrenta un panorama en el que cientos de costarricenses esperan con ansias su turno para recibir la vacuna contra el Covid-19, mientras otros viajan a Estados Unidos para obtenerla. Sin embargo, una parte de la población se niega a ser vacunados, las cuales van desde el miedo a las reacciones que puedan tener, efectos secundarios y hasta la incredibilidad de la pandemia.

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Los patronos deben tomar en consideración varios aspectos importantes sin afectar la operación de su empresa y así prevenir conflictos legales.

“Los patronos se pueden exponer a diferentes escenarios en caso de que no se sigan los lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud: Está la posibilidad de que algunos colaboradores tomen la decisión de renunciar; sin embargo, la base que tendría el empleado para finalizar la relación laboral no puede referir en específico a la presunta no vacunación de sus compañeros de trabajo, sino a que el trabajador compruebe que existe un problema de salud para él y su familia por las condiciones higiénicas del lugar de trabajo e incumplimiento de medidas de prevención y seguridad, según lo estipulado en el artículo 83 inciso g del Código de Trabajo. Es decir, en el caso de no cumplimiento de los lineamientos que ha establecido el Ministerio de Salud respecto al Covid-19”, explicó Lupita Quintero, especialista en Derecho Laboral de Nassar Abogados.

Por ello, previo a dar por terminada la relación laboral, se recomienda que el colaborador solicite al patrono el cumplimiento de la obligación omitida.

En caso de comprobarse la falta por parte del patrono, el empleado tiene el derecho que le reconozcan el pago de su liquidación, como si tratase de un despido.

Los patronos deben velar porque todos los colaboradores estén cumpliendo con la implementación de protocolos basados en los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud, independientemente de la actividad que se realice. De no hacerlo, las empresas se expondrán a multas y suspensión del permiso de funcionamiento.

“El patrono puede exponerse a una orden sanitaria e inclusive suspender el permiso de funcionamiento y el inicio de un proceso por infracción a las leyes laborales y conexas, que puede implicar una multa de 1 a 23 salarios base (₡462.200) dependiendo de la gravedad de la falta, número de empleados afectados y reiteración”, afirmó Quintero.

Tanto colaboradores como empleadores deben acatar los lineamientos establecidos por las autoridades de salud para evitar despidos y cierre de sus operaciones.

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Conforme a la legislación actual, no se puede obligar a los trabajadores a vacunarse, salvo el personal de salud del sector público y privado, añadió la especialista.

"Por consiguiente, un patrono que lleve a cabo su actividad dentro del área de saludo, una vez, que haya solicitado a su colaborador vacunarse y que no presente una justificación médica que le impida realizar este procedimiento, se podría llegar a despedir sin responsabilidad patronal, si éste no cumple con lo establecido” indicó Lupita.


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